Educaci贸n para la Ciudadan铆a y el T.S.
El Tribunal Supremo聽 establece que la obligatoriedad de 鈥楨ducaci贸n para la Ciudadan铆a,聽 鈥渘o autoriza a la Administraci贸n educativa, ni a los centros docentes, ni los concretos profesores a imponer o inculcar, ni siquiera de manera indirecta, puntos de vista determinados sobre cuestiones morales que en la sociedad espa帽ola son controvertidas鈥. 鈥淓llo es consecuencia del pluralismo, consagrado como valor superior de nuestro ordenamiento jur铆dico, y del deber de neutralidad ideol贸gica del Estado, que proh铆be a 茅ste incurrir en cualquier forma de proselitismo鈥
Irreprochable. El art铆culo 27.3 de la Constituci贸n dice: 'Los poderes p煤blicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formaci贸n religiosa y moral que est茅 de acuerdo con sus propias convicciones'.

